Accidentes por transporte público

 Características de los accidentes en transporte público

 

  1. Tipo de transporte
  • Tren o metro: impacto de alta energía, descarrilamientos, colisiones entre convoyes, atropellos en vías.
  • Autobús o tranvía: colisiones, vuelcos, frenazos bruscos, caídas dentro del vehículo.
  1. Alta ocupación
  • Muchas personas viajando juntas → lesiones múltiples (accidente colectivo), con dificultad en la atención inmediata.
  1. Usuarios sin sujeción
  • La mayoría de los pasajeros no lleva cinturón de seguridad, especialmente en autobuses urbanos o transporte ferroviario → mayor riesgo de caídas o proyecciones internas.
  1. Lesiones sin colisión externa
  • Muchos accidentes se producen por frenadas bruscas o maniobras que provocan caídas dentro del vehículo, sin necesidad de choque externo.
  1. Factores agravantes
  • Personas de edad avanzada (especialmente en transporte urbano).
  • Niños, embarazadas o personas de pie, con mayor vulnerabilidad.
  • Accidentes ocurridos de pie o al subir/bajar.


 Musculoesqueléticas

  • Fracturas por caída:
  • Muñeca, húmero, cadera, tibia/peroné (frecuentes en personas mayores).
  • Costillas por impactos con asientos o pasamanos.
  • Esguinces o luxaciones (tobillo, hombro, rodilla).
  • Dolores cervicales/lumbares por sacudidas o impactos (latigazo cervical sin necesidad de choque frontal).

 

 Neurológicas

  • TCE leve o moderado por golpes dentro del vehículo (con o sin pérdida de conciencia).
  • Síndrome postconmocional.
  • En casos graves (descarrilamientos o vuelcos): traumatismos craneales o medulares severos.

 

 Estéticas / Cutáneas

  • Contusiones múltiples en cara, brazos o piernas.
  • Cicatrices por heridas abiertas en colisiones o rotura de cristales.

 

 Psicológicas

  • Estrés postraumático (TEPT) tras vivencias de accidente colectivo.
  • Ansiedad en el uso posterior del transporte público.
  • Alteraciones del sueño o hipervigilancia.

 

  • Al ser usuarios de transporte público, los pasajeros tienen derecho a indemnización automática por responsabilidad objetiva, incluso si no hay culpa del conductor (seguro obligatorio de viajeros – SOV).
  • La valoración se realiza con el Baremo de accidentes de tráfico (Ley 35/2015).
  • Se pueden valorar:
  • Días de curación (con o sin impedimento).
  • Secuelas físicas y estéticas.
  • Perjuicio moral (ansiedad, TEPT).
  • Lucro cesante o pérdida de ingresos si afecta a la actividad laboral.